A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Veolia Servicios Industriales Colombia Sas Esp·Demandado Distrito Turistico Y Cultural De Cartagena De Indias
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Cartagena de Indias y el Juzgado Décimo Cuarto Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva que interpuso la empresa Veolia E.S.P. en contra del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, con el propósito de que se librara mandamiento de pago por la suma de dinero adeudada como consecuencia de la falta de pago de varias facturas correspondientes al valor de los subsidios a los estratos 1, 2 y 3 que el ente debe girar por la prestación del servicio público de aseo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se siguió la regla de decisión de los Autos 283 de 2021 y 1563 de 2022 a través de la cual se determinó que, con fundamento en la lectura integral del inciso 1º y el numeral 6º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa el conocimiento de los procesos promovidos con la finalidad de obtener el pago o transferencia de los subsidios a las tarifas de los servicios públicos domiciliarios respecto de las personas de menores ingresos, toda vez que el objeto del litigio está sujeto a derecho administrativo, se encuentra involucrada una entidad pública y no existe una norma de competencia que atribuya el conocimiento a otra jurisdicción.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Décimo Cuarto Administrativo del Circuito de Cartagena de Indias para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del presente asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Cartagena de Indias y el Juzgado
- Décimo.
- Cuarto. Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso ejecutivo promovido por Veolia Servicios Industriales Colombia S.A.S. E.S.P. contra el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, corresponde al Juzgado
- Décimo.
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Cartagena de Indias.
- Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-2839 al Juzgado
- Décimo.
- Cuarto. Administrativo del Circuito de Cartagena de Indias para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de la ciudad y a los sujetos procesales e interesados dentro del presente asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.